Bs 3.300: salario mínimo entra en vigencia desde enero de 2026
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social aprobó el reglamento para el pago del Salario Mínimo Nacional (SMN), vigente desde el 1 de enero de 2026, en cumplimiento del Decreto Supremo 5516. De acuerdo con la Resolución Ministerial 088/26, el salario mínimo fue fijado en Bs 3.300 y tiene efecto retroactivo a esa fecha.
La norma establece que la aplicación del SMN es obligatoria y está sujeta a control y supervisión del Ministerio de Trabajo. Dispone que todos los trabajadores que perciban un salario básico inferior a Bs 3.300 deberán recibir una adecuación salarial hasta alcanzar, como mínimo, ese monto. En el caso de jornadas parciales, el ajuste deberá realizarse de manera proporcional al tiempo de trabajo pactado.
Asimismo, la resolución prohíbe cualquier reestructuración remunerativa destinada a neutralizar la adecuación al salario mínimo, ya sea mediante la reducción directa o indirecta de derechos, bonificaciones u otros componentes salariales, así como prácticas de simulación. También aclara que esta medida no reconoce ni crea un incremento salarial general obligatorio para remuneraciones superiores al salario mínimo, al no constituir un mandato expreso del Decreto Supremo 5516.
El reglamento establece que las empresas deberán presentar la Planilla Complementaria de Adecuación al Salario Mínimo Nacional 2026 a través de la oficina virtual del Ministerio de Trabajo, la cual tendrá calidad de declaración jurada. Esta planilla deberá incluir, como mínimo, los datos del personal alcanzado, el salario básico anterior, el salario básico ajustado, la diferencia retroactiva y la constancia de pago.
Además, la normativa fija que la planilla deberá presentarse hasta el día quince del tercer mes siguiente a la publicación de la resolución ministerial, sin perjuicio del cumplimiento inmediato del salario mínimo y del pago de las diferencias retroactivas. También se precisa que el cumplimiento del SMN no podrá condicionarse a convenios, acuerdos o registros distintos a los establecidos en la resolución.
Finalmente, se señala que las instancias competentes realizarán acciones de control y supervisión para verificar el cumplimiento del pago del Salario Mínimo Nacional 2026 y la consistencia de la información presentada en las planillas.
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