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Decreto permite que el presidente Paz gobierne desde el exterior mediante medios tecnológicos

Decreto permite que el presidente Paz gobierne desde el exterior mediante medios tecnológicos

02 de Enero de 2026 01:27 pm

El presidente del Estado, Rodrigo Paz Pereira, promulgó el Decreto Supremo 5515, una norma que habilita al mandatario a ejercer sus funciones constitucionales de manera temporal desde el exterior del país, utilizando medios tecnológicos de comunicación oficiales. El decreto fue aprobado el 29 de diciembre de 2025, durante una sesión del Consejo de Ministros.

La disposición modifica los artículos 9 y 10 del Decreto Supremo 4857, que regula la Organización del Órgano Ejecutivo, con el objetivo de adecuar la gestión gubernamental al uso de tecnologías de la información y comunicación. De esta manera, cuando el Presidente se encuentre fuera del territorio nacional, podrá continuar ejerciendo las atribuciones establecidas en el artículo 172 de la Constitución Política del Estado, a través de canales tecnológicos autorizados.

El texto legal establece que esta medida busca garantizar la continuidad del mando presidencial y evitar interrupciones en la administración pública, en concordancia con el principio constitucional de coordinación y cooperación entre los órganos del Estado. Asimismo, se aclara que el ejercicio de funciones a distancia tendrá carácter temporal y no elimina la figura de la suplencia presidencial prevista en la Constitución.

El decreto también señala que, en caso de no ser posible el uso de medios tecnológicos, el Presidente deberá comunicar de manera expresa y por escrito al Vicepresidente del Estado las acciones que podrá ejecutar durante la suplencia temporal, especificando fechas y alcances. Esta suplencia se interrumpirá automáticamente una vez que el mandatario retorne al territorio nacional.

En cuanto a las atribuciones del Vicepresidente, la norma establece que deberá actuar conforme a las instrucciones previamente comunicadas por el Presidente y en coordinación con el Ministerio de la Presidencia, salvo que exista una ampliación expresa de facultades.

Como disposición transitoria, el Decreto Supremo 5515 instruye al Ministerio de la Presidencia y a la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (AGETIC) a habilitar, en un plazo máximo de diez días calendario, los canales tecnológicos oficiales necesarios para la aplicación de esta medida.

Desde el Ejecutivo se justificó la promulgación del decreto en la necesidad de fortalecer la eficiencia administrativa, modernizar la gestión pública y otorgar seguridad jurídica, asegurando que el ejercicio del poder ejecutivo no se vea interrumpido por la ausencia temporal del mandatario fuera del país.

02 de Enero de 2026 01:27 pm


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