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Implementación del Horario de Invierno según el Decreto Supremo N° 4971

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en estricto cumplimiento de lo establecido en la Disposición Final Primera del Decreto Supremo N° 4971, emitido el 28 de junio de 2023, informa a la ciudadanía que a partir del día martes 21 de mayo de 2024, entra en vigor el Horario de Invierno en las jornadas laborales.

Conforme a esta disposición, todas las empresas y establecimientos laborales del sector privado, así como instituciones y empresas del sector público, están obligadas a ajustar sus horarios de ingreso y salida conforme al horario discontinuo de lunes a viernes. Este horario será de 09:00 a 12:30 y de 14:30 a 19:00 horas respectivamente.

Es imperativo que todas las empresas y entidades afectadas por esta medida realicen la debida publicación de los nuevos horarios en sus instalaciones, garantizando así que el público usuario esté informado al respecto.

La Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, la Dirección General del Servicio Civil, así como las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, estarán encargadas de supervisar y garantizar el cumplimiento efectivo de esta disposición.

Esta medida, además de cumplir con los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo N° 4971, tiene como objetivo principal optimizar el uso de los recursos disponibles, promover la eficiencia energética y contribuir al bienestar colectivo de la población.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social reitera su compromiso con la implementación de políticas que beneficien tanto al sector laboral como al conjunto de la sociedad, trabajando siempre en pro del desarrollo sostenible y el bienestar general de la población.

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