Plazo para Presentar Cuentas Bancarias Políticas al OEP: 31 de Julio
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recuerda a los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas que tienen hasta el 31 de julio de 2024 para abrir y presentar una cuenta bancaria a nombre de su organización.
Esta cuenta, que debe ser solidaria mancomunada, permitirá a militantes y simpatizantes depositar contribuciones y donaciones.
La cuenta puede abrirse en cualquier entidad financiera regulada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y debe ser presentada al TSE o al Tribunal Electoral Departamental correspondiente.
Requisitos para la Apertura de Cuenta Bancaria Antes de abrir la cuenta, las organizaciones deben obtener su Número de Identificación Tributaria (NIT) y/o modificar su registro en el Padrón Biométrico Digital (PBD-11). Los requisitos para obtener el NIT incluyen:
- Personalidad Jurídica otorgada por el Órgano Electoral y Estatutos.
- Cédula de identidad vigente del representante legal.
- Poder notariado del representante legal.
- Factura o aviso de cobranza de energía eléctrica del domicilio fiscal (no mayor a 60 días de antigüedad).
- Factura o aviso de cobranza de energía eléctrica del domicilio habitual del representante legal (no mayor a 60 días de antigüedad).
- Croquis del domicilio fiscal y habitual del representante legal.
Documentación Necesaria para Abrir la Cuenta Bancaria Para abrir la cuenta bancaria, las organizaciones deben presentar:
- Escritura de constitución social o documento análogo que acredite la personalidad jurídica.
- Estatutos vigentes y debidamente aprobados.
- Registro de firmas.
- Formulario de apertura de cuenta corriente o caja de ahorro.
- Poderes de administración inscritos en el Registro de Comercio de Bolivia o copias legalizadas de actas de designación de representantes.
- Documentos de identificación de los apoderados o representantes.
- NIT o inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital.
- No estar incluido en las listas de cuentas corrientes clausuradas por la ASFI.
- Cualquier otra documentación adicional requerida por la entidad supervisada.
Las organizaciones políticas deben cumplir con estos requisitos para asegurar la transparencia y legalidad de sus operaciones financieras.
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