TCP admite recurso contra centralización de juicios por terrorismo en La Paz
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió una acción de inconstitucionalidad concreta contra los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo 138, norma que dispone que las personas acusadas por delitos de terrorismo, sedición o alzamiento armado sean juzgadas en La Paz, sin importar el lugar donde ocurrieron los hechos.
La admisión del recurso revoca una decisión anterior de un juez paceño en el marco de la investigación por el paro de 36 días de 2022 por el Censo, proceso por el cual el gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, se encuentra en detención preventiva.
El recurso fue planteado por Reinerio Vargas Banegas, vicerrector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM), y el abogado José Luis Santistevan Justiniano. Ambos cuestionaron el decreto promulgado en 2009, durante el gobierno de Evo Morales, por considerar que vulnera el derecho al juez natural.
Vicente Cuéllar, rector de la UAGRM, afirmó que con esta resolución del TCP, el proceso penal por el paro cívico queda paralizado, y calificó de "ilegal y arbitraria" la detención del gobernador cruceño.
El Decreto Supremo 138 ha sido criticado durante años por establecer que todos los procesos por terrorismo deban concentrarse en La Paz, sin tener en cuenta la jurisdicción territorial donde se cometieron los presuntos delitos, como ocurrió en el denominado caso terrorismo en Santa Cruz.
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