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Asfi aclara condiciones para reprogramar o refinanciar créditos de afectados por desastres naturales

Asfi aclara condiciones para reprogramar o refinanciar créditos de afectados por desastres naturales

07 de Abril de 2025 12:31 pm

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) emitió el viernes la Carta Circular 944, instruyendo a las entidades financieras reprogramar o refinanciar créditos de personas afectadas por fenómenos naturales. Este domingo, la directora de la entidad, Ivette Espinoza, explicó los alcances del beneficio y los requisitos para acceder al mismo.

Espinoza detalló que la reprogramación implica modificar alguna condición del contrato original del crédito, como el plazo o la tasa de interés, permitiendo así una reducción en la cuota mensual. Por otro lado, el refinanciamiento consiste en un crédito adicional que incrementa el monto original de la deuda.

Podrán acceder a estas opciones todas las personas afectadas por inundaciones, sin importar el sector económico o actividad. Las entidades financieras deberán evaluar individualmente cada caso y podrán otorgar períodos de gracia o prórrogas, durante los cuales los prestatarios estarán exentos de pagar capital e intereses.

Un punto clave es que la reprogramación no afectará la calificación del deudor. Además, la Asfi ha establecido que ya no es necesario presentar numerosos documentos, puesto que desde octubre de 2024 rige un formulario único que simplifica el trámite. En ese documento, el prestatario deberá demostrar que su fuente de ingresos fue afectada por el desastre natural.

Una vez presentada la solicitud, las entidades tienen un plazo máximo de 30 días calendario para dar una respuesta, y durante ese periodo el cliente no debería estar obligado a realizar pagos, evitando así el riesgo de ingresar en mora.

Espinoza recalcó que el trato debe ser equitativo y no discriminatorio para todos los solicitantes.

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