Estos son los requisitos para exportar oro y minerales según el Senarecom
Senarecom recuerda los formularios obligatorios para la comercialización y exportación de minerales
Ante el reciente caso de tráfico irregular de oro detectado en el Aeropuerto Internacional de Viru Viru, donde fueron interceptados 189 kilos de oro no declarado en un vuelo privado con destino a Dubái, el Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom) recuerda los procedimientos y requisitos obligatorios para la comercialización y exportación legal de minerales y metales.
El Senarecom es la institución encargada de registrar y controlar la comercialización de minerales y metales en Bolivia. En ese marco, realiza controles para garantizar la transparencia de las transacciones, la trazabilidad del origen de los recursos y el cumplimiento de las obligaciones tributarias que benefician al Estado boliviano.
De acuerdo con el Senarecom, toda operación vinculada al sector minero debe cumplir con documentos de carácter de declaración jurada, entre ellos los formularios M-02 y M-03.
Formulario M-02
El Formulario de Compra y Venta en el Mercado Interno (M-02) es obligatorio para toda transacción de minerales y metales realizada dentro del territorio nacional.
Este documento establece los datos técnicos y comerciales de la operación, como la ley, el contenido fino, el tipo de cambio, el precio internacional y la base de la transacción. Además, permite identificar el origen del mineral para determinar los aportes correspondientes por concepto de regalía minera y otros beneficios estatales.
El formulario incluye información del comprador y vendedor, la procedencia, las características y cantidad del mineral, así como el cálculo del valor de la regalía y los aportes institucionales, entre ellos el Seguro Social y convenios.
Formulario M-03
El Formulario Único de Exportación de Minerales y Metales (M-03) es obligatorio e indispensable para cualquier proceso de salida o exportación de minerales fuera del país.
Su finalidad es verificar que el lote destinado a la exportación cumpla con la normativa vigente, además de garantizar el cálculo y pago correcto de la regalía minera a favor de los municipios y departamentos productores.
También permite validar la valoración oficial del lote, considerando aspectos como el peso, la humedad, la ley, las deducciones y la factura comercial.
Entre la información que debe contener se encuentran los datos del exportador y del comprador en el extranjero, las características y calidad del mineral, el pago de regalías, los aportes institucionales y los datos de la factura comercial de exportación.
El Senarecom advierte que la falsificación, alteración o inconsistencia en los datos consignados en los formularios M-02 y M-03 constituye una irregularidad grave que activa los protocolos correspondientes y puede derivar en procesos legales ante el Ministerio Público para esclarecer posibles delitos relacionados con el contrabando y la legitimación de ganancias ilícitas asociadas al oro.