Gestión escolar 2026 ajusta normas sobre el uso de celulares y evaluación
La Resolución Ministerial 0001/2026 establece una serie de modificaciones que regirán la gestión escolar 2026 en todo el país. La normativa es de cumplimiento obligatorio para unidades educativas fiscales, de convenio y privadas, tanto en áreas urbanas como rurales. Así lo informó el director departamental de Educación de Santa Cruz, Nelson Alcócer, quien precisó que los directores de cada establecimiento son responsables de garantizar su correcta aplicación.
Uno de los cambios más relevantes es la prohibición total del uso de celulares en las unidades educativas. El Artículo 45 señala que esta restricción es permanente y alcanza tanto a estudiantes como a docentes, con el objetivo de reforzar el uso de computadoras con fines educativos.
Otro punto importante es la edad mínima para ingresar a inicial uno (pre-kínder). A partir de esta gestión, los niños deberán haber cumplido cuatro años hasta el 31 de marzo. Este criterio reemplaza el anterior, que permitía la inscripción hasta el 31 de junio. Alcócer explicó que el sistema rechazará automáticamente las inscripciones que no cumplan este requisito, señalando que los docentes detectaron dificultades en niños inscritos a edades muy tempranas para su adecuada inserción en el sistema educativo.
La normativa también prohíbe los actos de graduación en los niveles inicial y primario, permitiendo únicamente ceremonias para el sexto de secundaria, tal como establece el Artículo 28 de la resolución ministerial.
En cuanto a los textos escolares, se confirmó que durante la gestión 2026 no se entregarán libros oficiales. Los maestros deberán elaborar sus propios materiales educativos, basados en la malla curricular y bibliografía externa. El Artículo 25 indica que, debido a cambios en los lineamientos curriculares, no se publicarán nuevos textos y que cualquier material sugerido no debe generar gastos excesivos para las familias.
Respecto a la evaluación, se elimina la dimensión denominada “decidir”. Desde esta gestión, la calificación considerará únicamente tres dimensiones: “ser” (10 puntos), “saber” (45 puntos) y “hacer” (40 puntos).
Finalmente, sobre el uso de uniformes, el Artículo 43 establece que no es obligatorio en ninguna unidad educativa y que su ausencia no puede ser un impedimento para el ingreso a clases. Las instituciones que opten por implementarlo deberán hacerlo mediante consenso con la comunidad educativa. Además, se prohíbe exigir la compra de uniformes o material escolar en lugares exclusivos y se dispone el respeto a la vestimenta de estudiantes de naciones y pueblos indígena originario campesinos y afrobolivianos.
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