Caso Mutualista: defensa de Crapuzzi exige cumplir sentencia y cuestiona al TSJ
El abogado Waminqa Serrano, defensa de Nelson Crapuzzi, cuestionó el informe presentado por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sobre el caso Mutualista y aseguró que no aporta conclusiones nuevas, además de reafirmar que su cliente cuenta con respaldo legal sobre los terrenos.
“El señor presidente del Tribunal Supremo de Justicia aclaró una verdad que tanto decía que mi cliente no tenía declaratorios de herederos. Él ha demostrado los archivos y también ha demostrado que el señor Crapuzzi es una persona pudiente”, sostuvo.
Serrano explicó que la declaratoria de herederos es el primer paso en un proceso sucesorio y afirmó que Crapuzzi cumplió con este requisito en 1989, año del fallecimiento de su padre, tanto en Bolivia como en Italia. Añadió que posteriormente se van incorporando los bienes dentro del proceso.
En relación a las observaciones del TSJ, el abogado negó que no exista la minuta de transferencia de 1969, como señaló el presidente del TSJ, Rómer Saucedo. Indicó que, según certificación de la notaría, el documento sí existe, aunque no se cuenta con el carnet de identidad, lo que atribuyó a aspectos administrativos.
Asimismo, aseguró que no existe falsificación en el caso y que las investigaciones sobre este tema fueron cerradas en dos ocasiones por el Ministerio Público. En ese sentido, sostuvo que la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional, que ordena a la Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra entregar los documentos del Mutualista a Nelson Crapuzzi, debe cumplirse.
También cuestionó las observaciones sobre la participación del entonces concejal José Quiroz en la entrega de documentos, señalando que fue él mismo quien solicitó y presentó la documentación ante el Tribunal Constitucional.
El abogado remarcó que el derecho de su cliente se sustenta en un título de propiedad inscrito desde 1969, el cual —según afirmó— no ha sido anulado ni cuestionado legalmente.
Finalmente, señaló que los documentos presentados por la Alcaldía son posteriores y no coinciden con las características del terreno en disputa, por lo que reiteró que la sentencia constitucional vigente no puede ser modificada por las observaciones del TSJ.
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