Gobierno amplía hasta 2027 el arancel cero para la importación de determinadas gasolinas
El Gobierno amplió hasta el 31 de diciembre de 2027 el Gravamen Arancelario (GA) de 0% para la importación de determinadas gasolinas destinadas al parque automotor. La medida fue incorporada en el Decreto Supremo 5676, promulgado el 16 de agosto.
La disposición establece un Gravamen Arancelario de 0% para determinadas subpartidas correspondientes a gasolinas sin tetraetilo de plomo destinadas a motores de vehículos automóviles. Se trata de las subpartidas 2710.12.13.10, 2710.12.13.20, 2710.12.13.30 y 2710.12.13.40.
En los cuatro casos señalados por el decreto, el gravamen queda establecido en 0%. La medida también contempla tres tipos de aceites destinados a los motorizados.
El beneficio se amplía por un año
El DS 5676 no establece por primera vez este beneficio. El Decreto Supremo 5644, aprobado el 29 de junio de 2026, ya había fijado un Gravamen Arancelario de 0% para determinadas gasolinas, pero con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
Con el nuevo decreto, el Gobierno amplía este beneficio por un año más, hasta diciembre de 2027, y al mismo tiempo deroga la Disposición Final Tercera del DS 5644, que contenía el régimen arancelario anterior.
De esta manera, se mantiene durante 2027 el incentivo arancelario para la importación de las gasolinas comprendidas en las subpartidas señaladas.
El arancel cero figura como la primera disposición final del DS 5676, cuyo objeto central está relacionado con la modificación de la comercialización del diésel para determinados segmentos de consumidores y la reducción de la carga fiscal asociada a las importaciones de combustibles realizadas por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB).
El propio decreto recuerda que en junio de 2026 el Gobierno autorizó excepcionalmente a personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, la importación de productos derivados del petróleo para su comercialización o consumo propio.
Además del beneficio arancelario, el DS 5676 modifica el reglamento de precios para establecer que YPFB comercializará gasolinas con o sin aditivos de origen vegetal a Clientes Directos y Grandes Consumidores que cuenten con un certificado vigente emitido por el ente regulador.
Con estas modificaciones, el nuevo régimen extiende hasta 2027 una de las condiciones tributarias destinadas a facilitar el ingreso de determinadas gasolinas al mercado boliviano, mientras se aplica un esquema diferenciado de precios para el diésel según el tipo y volumen de consumidor.
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