Trámites bancarios requieren certificado de sufragio
Desde este lunes 23 de marzo, las entidades financieras en Bolivia comenzaron a exigir el certificado de sufragio para la realización de trámites y transacciones, tras las elecciones subnacionales desarrolladas el día anterior en todo el país.
Este documento acredita que la persona cumplió con su obligación de votar. Sin este comprobante, los usuarios pueden enfrentar restricciones en servicios bancarios, de acuerdo con la normativa vigente.
El certificado será válido y obligatorio durante 90 días posteriores a la votación. En ese periodo, será requerido para realizar operaciones como retiros, depósitos, apertura de cuentas y otros servicios administrativos.
Las autoridades también indicaron que el certificado entregado por los jurados de mesa es el único comprobante válido para acreditar la participación en los comicios.
Para quienes no acudieron a votar, existe un plazo de 30 días para tramitar un certificado de exención en los tribunales electorales departamentales. Este proceso debe realizarse ante el Tribunal Supremo Electoral y requiere presentar documentación que respalde la inasistencia, como enfermedad, viaje o causas de fuerza mayor.
En caso de no cumplir con este requisito, además de las limitaciones en entidades bancarias, la normativa establece otras restricciones, como la imposibilidad de acceder a cargos públicos o tramitar el pasaporte dentro del periodo establecido.
Las autoridades recomiendan a la población portar el certificado de sufragio al momento de acudir a cualquier entidad financiera, con el fin de evitar demoras o inconvenientes en la realización de operaciones.
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