Contraloría advierte: Exautoridades no pueden salir del país por 6 meses y mantienen responsabilidad legal
La Contraloría General del Estado emitió un recordatorio determinante para todos los exgobernadores, exalcaldes y exconcejales que recientemente dejaron sus funciones: la responsabilidad por sus actos administrativos no prescribe al dejar el cargo. A través de dos comunicados oficiales, la entidad subrayó que las exautoridades mantienen plena responsabilidad administrativa, civil y penal conforme a la Ley 1178 (SAFCO).
Asimismo, la Contraloría enfatizó la vigencia de la Ley de Permanencia Obligatoria, la cual prohíbe a las exautoridades electas abandonar el territorio nacional por un lapso de seis meses tras el cese de sus funciones. Esta medida tiene como objetivo principal garantizar que los exservidores públicos rindan informes de gestión y aseguren la continuidad administrativa del Estado sin obstaculizar posibles investigaciones.
Obligaciones inmediatas: Declaración Jurada y Arraigo De acuerdo con el Decreto Supremo N° 1233 y las normativas vigentes, los exfuncionarios deben cumplir con los siguientes puntos críticos:
Declaración Jurada de Bienes y Rentas: Debe presentarse obligatoriamente dentro de los 30 días calendario posteriores al primer día de su desvinculación laboral.
Permanencia en el país: La Ley N° 1352 (modificada por la Ley N° 1709 de febrero de 2026) establece que el arraigo temporal es obligatorio para facilitar cualquier requerimiento de información o proceso de auditoría.
Rendición de cuentas: Los servidores salientes deben estar disponibles para aclarar dudas sobre la administración de recursos públicos y garantizar que la transición no afecte los servicios a la ciudadanía.
Sanciones por incumplimiento La entidad de control fue clara al señalar que el incumplimiento de estas disposiciones activa automáticamente los mecanismos de sanción previstos en el régimen de responsabilidad por la función pública. Las exautoridades que intenten eludir la presentación de sus estados financieros o que salgan del país antes del plazo estipulado podrían enfrentar procesos penales adicionales por incumplimiento de deberes.
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