Arias: “No nos entrometemos en acciones penales”
El magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Boris Arias, se refirió a las órdenes de aprehensión emitidas contra los magistrados considerados “autoprorrogados”, remarcando que esta instancia no intervendrá en el desarrollo de las acciones penales. Aseguró que todas las personas tienen derecho al debido proceso y que serán el Ministerio Público y los jueces penales quienes deberán actuar conforme a ley.
Arias explicó que los magistrados diferencian el trabajo del TCP de los procesos que se ventilan en la justicia ordinaria, por lo que no corresponde a esa institución influir en las acciones del Ministerio Público. “Todas las personas tienen las garantías del debido proceso y tendrá que hacer su trabajo el Ministerio Público y los jueces penales, pero nosotros no nos entrometemos en el desarrollo de esas actividades porque eso no nos corresponde”, señaló durante una entrevista.
Recordó que la Constitución establece que la gestión de los magistrados es de seis años, por lo que los prorrogados debieron cesar sus funciones a finales de 2023. Sin embargo, mediante la declaración constitucional 0049/2023, se suspendieron los plazos de las elecciones judiciales en cinco regiones para el TCP y en dos para el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), argumento con el que se justificó la continuidad de sus mandatos.
Consultado sobre si existe usurpación de funciones, Arias sostuvo que no puede referirse al contenido de la declaración 49/2023, pero indicó que el artículo 22 de la Ley del TCP establece que los magistrados dejan sus cargos por cumplimiento del periodo de funciones, entre otras causales. Añadió que esa es precisamente la discusión central: si debe aplicarse el entendimiento de dicha declaración constitucional o el texto de la Constitución.
En Potosí, una acción popular determinó el cese de funciones de siete magistrados prorrogados, cinco del TCP y dos del TSJ. Si esta decisión es objetada, el caso podría llegar hasta la Sala Plena del TCP en fase de revisión.
Arias adelantó que, si el TCP tuviera que tratar esta acción popular, las magistradas Paola Verónica Prudencio y Amalia Laura Villca podrían excusarse porque previamente se pronunciaron sobre este caso al presentar una denuncia por falsedad material e ideológica. “Lo más probable es que yo y el doctor Edson (Dávalos), si se diera el caso, tengamos que resolver la causa, por eso no puedo pronunciarme”, explicó.
Finalmente, reiteró que el debate se centra en si corresponde aplicar la declaración constitucional 49/2023 o el texto constitucional referido al periodo de seis años. El martes, la Sala Plena de Potosí dispuso el cese de las funciones de los prorrogados René Yván Espada Navía, Karem Lorena Gallardo, Julia Elizabeth Cornejo, Isidora Jiménez y Gonzalo Miguel Hurtado.
Noticias relacionadas
- Fiscalía registra oficinas del TCP tras cese de magistrados prorrogados
- Magistrado prorrogado busca anular orden de aprehensión mediante acción de libertad
- Adolescente que atacó a machetazos es enviado a Cenvicruz por 90 días
- Asalto armado en Santos Dumont: roban Bs 300 mil y huyen
- “Ahora sí haremos cultura en serio”: Ministra posesiona a tres viceministros del sector